El día de hoy, 27 de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación votó a favor de un proyecto el cual rechaza la petición del quejoso de permitirle comprar algunas benzodiacepinas con receta médica aludiendo al derecho del libre desarrollo de la personalidad.
Por unanimidad los ministros de la segunda sala aprobaron el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales en el cual se establece que por “…no derivar de su contenido la supuesta prohibición o condicionamiento que reclama el quejoso…” el amparo no procede.
“El quejoso se duele del marco normativo y decisión que lo constriñe a la obligación de contar con prescripción médica para lograr el consumo de Alprazolam, Clonazepam y/o Zolpidem. A partir de ese reclamo, como centro de su pretensión constitucional, se advierte que en el texto de los artículos 222, 226, 252, 257, fracción IX, de la Ley General de Salud y 116 del Reglamento de Insumos para la Salud, no se contiene la disposición que manifiesta que le genera la posible lesión a su derecho al libre desarrollo de la personalidad” se lee en el proyecto.
El ministro Aguilar Morales declaró con anterioridad que el caso se distinguía de la jurisprudencia del cannabis puesto que no hay prohibición absoluta para el consumo de estas sustancias.