Este año es grande la expectativa económica entorno a la industria del cannabis en muchos países del mundo. México no es la excepción, pues se tiene previsto que la regulación del cannabis se apruebe antes de que termine el mes de abril. Aunque nada de esto es seguro (puesto que ya se ha retrasado la desición en cuatro ocasiones) nos dimos a la tarea de reunir algunos tips para quienes tengan pensando hacer algún negocio de la nueva industria cannábica.
Según lo establecido en la iniciativa aprobada por el Senado de México el pasado mes de noviembre, estos son los requisitos más importantes a considerar para tener algún negocio que se dedique al cultivo, transformación o venta de marihuana.
Lo básico
Los establecimientos donde se venda cannabis deberán contar con ciertos requisitos básicos. Para empezar se deberá exhibir la licencia de la Secretaría de Salud que le autoriza operar. Además, será necesario que realicen actividades como ofrecer servicios de información sobre el cannabis, sus compuestos, efectos y riesgos.
Así mismo, sólo podrán ingresar personas mayores de edad con una identificación con fotografía que acredite ello. También deben mantener en exhibición un cartel que diga “prohibido vender a menores de 18 años”.
Por otro lado, hay una serie de cosas que estarán prohibidas. Tales como vender productos:
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Que excedan el porcentaje de niveles THC/CBD autorizado por el instituto,
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Mezclados con alcohol, nicotina, tabaco, cafeína, bebidas energizantes o cualquier otra.,
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Con una etiqueta no autorizada, y
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Vender más de 28 gramos al día por persona
Por el momento se prohíbe el comercio a distancia (como el e-commerce o ventas por teléfono), por lo que la venta sólo se realizará en puntos de venta determinados, probablemente similar a los dispensarios estadounidenses.
Empaques
Para vender productos de cannabis los empaques deberán cumplir con ciertos requisitos: Estos no podrán tener colores o “elementos llamativos”. Tampoco podrán contar con elementos de promoción de marca, producto o consumo. No se podrán usar imágenes de personajes (reales o ficticios), ni incluir testimonios o “respaldos” sobre el producto.
Los empaques también deberán ser herméticos, resellables y a prueba de niñas y niños.
Lo que sí deberán llevar de forma obligatoria es información indispensable para las personas consumidoras, así como declarar que el producto está “prohibido su uso para niñas y niños, y adolescentes”.
Otros datos generales serán el número de licencia y datos de registro, el número de registro ante la Secretaría de Salud. Además deberán señalar el tipo de cannabis utilizado, los niveles de THC y CBD, y mostrar el símbolo universal de THC.
Se deberán declarar de manera enfática los posibles efectos negativos. Esto deberá ocupar al menos el 50% de la superficie expuesta. También se debe señalar que la venta está permitida en el Territorio (mexicano). Por último, debe contener la leyenda explícita: “El consumo de este producto es nocivo para la salud. Se recomienda evitar su consumo a personas adultas de 18 a 25 años, así como a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia”.
Licencias
Las actividades están divididas según el tipo de licencia. Sin embargo no existe restricción alguna y las personas podrán obtener más de un tipo de licencia, por lo que en teoría cualquiera podría participar de todas las actividades. Estas licencias son intransferibles.
Respecto a las licencias de cultivo se establece que “la extensión autorizada a cielo abierto será de una hectárea por licenciatario, y bajo cubierta de hasta mil metros cuadrados”. Estas podrían incrementar si se tratan de acciones afirmativas en favor de ciertas comunidades.
Sólo podrá otorgarse licencia de comercialización para hasta tres puntos de venta por cada persona titular.
Para obtener una licencia de comercialización o transformación es necesario:
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Tener carácter de comerciantes y estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes así como una opinión positiva por parte del Servicio de Administración Tributaria.
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Las personas morales mercantiles deben estar constituidas de acuerdo con las formalidades exigidas por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Así mismo deberán tener su domicilio en el territorio mexicano y sólo tener como objeto social aquellos que incumban a lo referido en la Ley.
Junto con el otorgamiento de la licencia, se autoriza por parte de la persona titular la visita de inspección o verificación que corresponda.
El incumplimiento de estas medidas conlleva una multa de 500 a 3 mil del valor diario de la Unidad de Medida Actualizada (UMA). Al momento de redacción de esta nota este valor es de $89.62 lo que equivale a un pago de entre $44,810 y $268,860 pesos.
Publicidad
Respecto a la publicidad, se prohibe de manera explícita la promoción de productos de cannabis por cualquier medio. Sin embargo, como vimos antes también es una obligación de los productores el comunicar a los usuarios información de calidad sobre los usos y efectos del cannabis (algo que en La Dosis sabemos hacer como nadie). Así que si buscas relacionarte con los usuarios de cannabis tal vez te interese adquirir alguno de nuestros espacios de patrocinio. Puedes revisar los planes básicos en nuestro instagram (liga aquí) o mandar un mail a ladosisinformativa@gmail.com