El día de ayer un juez concedió amparos a dos personas para que efectúen el autoconsumo de cocaína en un marco jurídico legal. ¿Significa esto que pronto podrá cualquiera buscar el amparo propio, similar a como ocurre con la marihuana? En realidad el objetivo de esta estrategia es más ambicioso: la despenalización efectiva de todas las drogas.
¿Cómo puede ocurrir esto? Aquí te contamos:
Según describe el sitio Animal Político, para llegar al amparo se tuvo que solicitar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) el permiso para el “uso personal adulto” de la cocaína. Después se recurrió a los tribunales en un juicio de amparo indirecto.
Se debe destacar que hasta el momento las sentencias no son firmes, pues la misma Cofepris las impugnó. “En unas semanas sabremos si quien tiene que ratificar es un tribunal colegiado o la Suprema Corte” contó Tania Ramírez de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), organización que trabajo los proyectos en entrevista para La Dosis.
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También especificó, que si bien en teoría ésta es la misma ruta que siguieron los amparos de cannabis para generar la jurisprudencia, hay varias diferencias que merecen señalarse.
Una de ellas es que los casos se resolvieron en primera instancia sin necesidad de llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Fue “un tribunal de distrito quien ordenó la emisión de estos servicios y otorgó el amparo. En cambio con la estrategia SMART se tuvo que llegar hasta la Corte para obtener una resolución favorable” explicó la directora de Políticas de Drogas en MUCD.
“Eso te habla de una sensibilización que ha ocurrido en estos años con los jueces, que ya están muy receptivos a emitir este tipo de resoluciones, incluso los jueces de primera instancia, sin necesidad de llegar de inicio a la corte”.
Animal Político cita al juez de esta caso al momento de emitir el fallo: “La ingesta de cocaína puede tener distintas finalidades entre las que se incluyen el alivio de la tensión, la intensificación de las percepciones o el deseo de nuevas experiencias personales y espirituales". Además, el fallo estableció que "el consumo de cocaína no supone un riesgo importante para la salud, salvo en el caso de que se utilice de forma crónica y excesiva”. En ese sentido se determinó que "que la medida legislativa consistente en la prohibición absoluta del consumo lúdico de cocaína no es necesaria porque existen alternativas igualmente idóneas para procurar la salud de los consumidores y proteger a la sociedad".
Pero la diferencia fundamental es que no se busca generar jurisprudencia para la cocaína como ocurrió con cannabis. “No vamos a empezar una campaña de presentación masivas de amparos, no tendría ningún sentido. No me parece la ruta a seguir, son dos temas distintos. Lo que más interesa es promover la descriminalización efectiva de la segunda sustancia más popular en el país y por la cual a más personas son procesadas por un delito de drogas. Es el mensaje que hay que enfatizar”.
¿Cómo llegar ahí con los amparos?
Según Tania Ramírez con este fallo se reconoce desde el Poder Judicial que la cantidad que está establecida en el cuadro del artículo 479 de la Ley General de Salud (0.5 gramos) es para uso personal diario.
“Eso ya nos da la pauta para discutir la despenalización, porque a partir de ahí podemos establecer cantidades para consumo mensual o semanal. Entonces se reconoce que, como sucede con otras sustancias, la cantidad que está permitida en la Ley General de Salud no reconoce a la realidad de las dinámicas del mercado ni al consumo de las personas”.
Entonces, si tú eres un usuario de cocaína y la autoridad te sorprende con una cantidad mayor a los 0.5 gramos se puede concluir que esa cantidad aún es para consumo personal, bajo esta lógica se puede establecer que dicha cantidad no necesariamente es para fines de comercio.
¿Y por qué la cocaína? Tania Ramírez también explicó que la sustancia es una herramienta para llevar la discusión a la portación simple como delito. “Más allá de centrarnos en la sustancia, el tema sobre la mesa es la descriminalización efectiva. Impulsar el debate hacia el cambio en la tabla, ya que no están bien establecidas las cantidades que se proponen. La sustancia es lo de menos. Es sólo una herramienta para lograr una despenalización efectiva de todas las demás”.
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¿Es posible un autoconsumo de cocaína?
Como se mencionó, el fin de estos amparos no es otorgar herramientas para que los usuarios busquen que se emitan fallos a su favor, como ocurre ahora con la marihuana donde poco a poco los usuarios están buscando esta vía para ellos autocultivar sus plantas.
Para empezar, el proceso de producción de cocaína dista de ser uno que pueda realizarse de forma casera.
“Al otorgar el amparo a solo dos personas quedan muchas preguntas en el aire porque sigue siendo un mercado ilegal. Entonces las formas de aprovisionamiento también quedan en el aire. De acuerdo a los verbos de la resolución las personas quejosas tendrían derecho o permiso para producir su consumo personal o transformar para su consumo personal, pero no es algo que el juez detalle a ese nivel. Y en su caso, como ocurre con cannabis sería algo que le toca definir a Cofepris”.
Todas estas preguntas plantean un panorama de frontera para la política de drogas no sólo en nuestro país, sino a nivel internacional. “No tenemos rastreada ninguna sentencia a nivel mundial que haya habilitado el uso de otra sustancia, en particular de cocaína. Es un caso paradigmático para méxico y para el mundo” puntualizó Tania Ramírez.