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La semana pasada se avaló la nueva reglamentación de la Ley 27350 de Cannabis Medicinal en Argentina, un paso importante que garantiza el autocultivo medicinal así como el acceso a sus derivados, en el país del sur continental. 

La nueva reglamentación, producto de una lucha colectiva, tienen principalmente cuatro beneficios: 

  1. Se permitirá el cultivo personal o en red, es decir, a través de las organizaciones cultivadoras que tienen tiempo y experiencia. El acceso al autocultivo requerirá necesariamente receta médica 
  2. Se prevé el expendio de los aceites en farmacias habilitadas
  3. Propiciará la producción estatal en laboratorios nacionales (algunos con capitales extranjeros) así como la vinculación con las universidades que ya han hecho investigación al respecto
  4. Se incorporarán nuevas patologías más allá de la epilepsia refractaria, la cual -antes de la nueva reglamentación- era la única enfermedad permitida para tener acceso al cannabis medicinal

Sin duda, las luchas por los derechos marihuanos en el continente representan inspiración entre las distintas comunidades de usuarixs entre países; pero, mientras en Argentina cada vez se expande más el acceso a los beneficios del cannabis y para sus usuarios ¿qué está pasando en México? ¿Nos estarán rebasando en el camino al futuro verde?

Puro coco para lxs mexicanxs

Si bien la lucha de los y las activistas mexicanas también ha sido ardua, la respuesta no ha sido tan fructiífera por parte de las autoridades mexicanas.

Desde junio del 2017 la comunidad cannábica sigue en espera del reglamento que pretende regular los usos medicinales y de investigación de la planta, sin embargo, la administración ha fallado en cumplir los plazos otorgados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para emitir la reglamentación. El último plazo no cumplido fue el del nueve de septiembre del año en curso. 

De tal forma, el pasado 21 de septiembre, el juez de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una prórroga de 70 días hábiles adicionales para llevar a cabo el reglamento. 

Este pendiente legislativo se suma con la Ley para la Regulación del Cannabis la cual contempla también el uso personal adulto y tiene como límite el 15 de diciembre para aprobarse, declarado por la SCJN, luego de que ciertos artículos de la Ley General de Salud relativos al cannabis, fueran declarados inconstitucionales. La declaratoria señaló que es contraria a la constitución la prohibición absoluta del consumo lúdico o recreativo, pues dicha medida no es necesaria para proteger la salud ni el orden público.

Imagen obtenida de RompeViento TV.

Además de no cumplir con las fechas previstas, el proyecto de ley para la regulación del cannabis presentado en el Senado, no obedece a las demandas del Movimiento Cannábico Mexicano (MCM), al mandato de la Suprema Corte, ni a los derechos de los y las usuarias. 

Sus demandas se resumen en cuatro puntos concretos: 

  • El cultivo sin fines de lucro

  • La portación

  • Espacios de consumo razonables

  • Trato digno 

Como ya se dijo en este medio, muchos de los artículos de la iniciativa propuesta se oponen a las demandas del MCM, poniendo los derechos de los y las usuarias en último lugar, en contraposición a la principal demanda: “Primero los Derechos, después el Mercado”. 

Se espera que para antes del 15 de diciembre, ya se hayan discutido las particularidades de la ley y con ello, las votaciones concernientes de ambas cámaras.