El día de mañana se discutirá un amparo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación que podría cambiar para bien la situación de los pacientes de cannabis medicinal, quienes desde 2017 están a la espera de la armonización que les permita acceder a productos y medicamentos con derivados de la marihuana. Esta es la historia de Carlos y cómo su caso representa la oportunidad para que la Secretaría de Salud finalmente emita "las reglas del juego" y se haga efectiva una ley cuyo principal propósito es garantizar el derecho a la salud de los mexicanos.

La “limitada y laxa” regulación de Sánchez y Tepoz.

El 2017 se reformó la Ley General de Salud y el Código Penal Federal de tal manera que se permitiera la importación de medicamentos con algunos derivados del cannabis a fin de que cientos de miles de pacientes pudieran mejorar su calidad de vida y ejercer su derecho a la salud. 

Los pormenores para la regulación del uso médico de estos productos quedó a cargo de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). Su titular de ese entonces, Julio Sánchez y Tepoz, presentó el 30 de octubre de 2018 (con 8 meses de demora) los Lineamientos en Materia de Control Sanitario de la Cannabis y Derivados de la Misma. En ellos se establecían los requisitos para llevar a cabo distintas actividades como la importación de algunos productos con derivados de la marihuana, así como el cultivo con fines médicos y de investigación.

Esto fue recibido con quejas por parte de organizaciones y colectivos de pacientes como Mamá Cultiva y Autocultivo Medicinal en México. Ellos reclamaban un acceso universal y seguro a la planta, para lo cual consideraban al autocultivo de la misma.

Leer:  Pacientes: lineamientos de cannabis medicinal no sirven; COFEPRIS: quien lo desee puede solicitar su permiso desde ahora.

Después, el 21 de noviembre (tan sólo semanas después de la publicación de los Lineamientos), Sánchez y Tepoz entregó autorizaciones a 7 empresas para importar 38 productos entre los que se encontraban 22 suplementos alimenticios, 6 bebidas, 9 cosméticos, y 2 bajo el rubro de materia prima.

Sin embargo, para el día 28 de ese mismo mes comenzaron a surgir las primeras irregularidades. Ese día la Secretaría de Economía emitió un comunicado en el que solicitaba a la Cofepris detener la importación de los productos, pues en el proceso regulatorio se omitieron pasos importantes, como solicitar al Congreso de la Unión la reforma a la  Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la cual incluye fracciones arancelarias que prohíben expresamente la importación de preparaciones a base de cannabis índica.

A pesar de ello, el 1o de diciembre, a un día de terminar la gestión de esa administración por el cambio de gobierno, la Cofepris liberó otros 19 productos derivados del cannabis.

Leer: COFEPRIS libera otros 19 productos cannábicos, suman 57. ¿Podrán importarse?

Desde entonces, escasos productos han ingresado al país, entre ellos una pomada con el popular nombre "Marihuanol", pero que no tiene relación con el producto que se vende de forma informal en el metro de la Ciudad de México.

Y con la entrada de la nueva administración vino la estocada final a este fallido proceso. El nuevo Secretario de Salud, Jorge Alcocer Vela anunció, durante una comparecencia en el mes de marzo, que revocaría los Lineamientos tras encontrar presuntos casos de corrupción en el manejo de algunos medicamentos. También calificó a la regulación del cannabis como “limitada y laxa”. Esto se concretó el 28 de ese mes, cuando a través de un comunicado la Secretaría de Salud señaló que los Lineamientos se “[excedían] en sus propósitos", pues contempla al tetrahidrocannabinol (THC) en usos distintos a los médicos y científicos. También se detalló que la Secretaría de Salud "realizará las acciones pertinentes para armonizar correctamente el marco jurídico vigente". Al día de hoy, esto no ha sucedido.

Leer: Revocan lineamientos  de cannabis medicinal

La historia de Carlos

Desde su nacimiento Carlos se enfrentó a todo tipo de complicaciones en su salud como:  daño neurológico severo e irreversible, discapacidad motora importante, debilidad visual con exoforia y cuadriparesia espástica hiperreflectiva.

Debido a ello, “se le recetaron medicamentos como una condición de epilepsia generalizada de difícil control que derivó en el diagnóstico del síndrome de West” se explica en el proyecto del ministro Mora.

En el ir y venir de los distintos tratamientos, medicaciones y visitas al hospital se generaron afectaciones en su desarrollo y calidad de vida como estar “bajo estado de alerta, somnolencias, neutropenias y leucopenias cíclicas de repetición.” Además “como resultado de los constantes estados epilépticos, fue incluso necesario inducirle comas barbitúricos. Lo que le generó: un retroceso en su desarrollo cognitivo, como resultado, hasta los cuatro años logró ponerse de pie y articular algunas palabras, pérdida de la deglución, aumento en la espasticidad de sus extremidades, lo que generó mayores contracturas y dolor y la acumulación de secreciones. En sus pulmones, causando un margen de dolencias que van desde una bronquitis, hasta su ingreso a terapia intensiva para poder sobrevivir”.

Luego, un neurólogo pediatra le recomendó el uso de cannabidiol (CBD) “con el fin de aminorar los tiempos prolongados que pasaba en terapia intensiva y, en consecuencia, para mejorar su calidad de vida”.

En 2016 los padres de Carlos obtuvieron un permiso por parte de la “Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), para adquirir diez frascos de aceite con CBD, con una duración de cuarenta y cinco días cada uno, cuyo valor es de $6,500.00 (seis mil quinientos pesos 00/100 m.n.) por unidad; a este monto debe sumarse el costo del trámite para la importación del producto.”

Desde que comenzó a usar el medicamento derivado de la marihuana se retiraron 6 de los medicamentos que le recetaron. Carlos no tiene una sola crisis desde 2016 y a sus 13 años de edad asistió por primera vez a la escuela.

Sin embargo, tiempo después fue necesario cambiar la fórmula del medicamento que usaban, esto por la “naturaleza de su epilepsia”. “Como consecuencia, se le recomendó sustituir la dosis de aceite de CBD puro por una preparación que, en combinación, tuviera 0.3% de tetrahidrocannabinol (THC)”. Esto resultó de nuevo en una mejoría para Carlos. Pero un año después, la resistencia al medicamento se volvió a presentar.

Ante esta disyuntiva, su madre adquirió por su cuenta semillas de cannabis y comenzó a preparar su propio aceite.

El amparo

Por lo general cuando se falla un ámparo éste únicamente beneficia al quejoso quien lo interpuso. Éste fue el caso de los cinco amparos que dieron pie a la Jurisprudiencia de cannabis para autoconsumo personal. 

Sin embargo, por la forma en que fue redactado este proyecto, el fallo podría beneficiar a todos quienes requieran de algún producto con CBD para cuidar su salud. De votarse a favor, la Supreme Corte estaría obligando a la Secretaría de Salud a emitir a regulación necesaria para que la Ley sea efectiva.

En conferencia de prensa, la abogada de Carlos, Luisa Conde, explicó en conferencia de prensa que “El efecto de la sentencia es de dos niveles (...) tiene efecto que se emitan los lineamientos, los reglamentos, todas las normas secundarias que permitan que se haga realidad que exista una disponibilidad de cannabis medicinal en México" y además, obligaría al Estado Mexicano a garantizar el derecho a la salud para Carlos. "Se conformaría un grupo de médicos especialistas que, el cual escuchando la opinión de Carlos, de su mamá, decidan cuál es el mejor tratamiento, y si este es a base de cannabis, que el gobierno se lo pueda dar”, explicó Conde. 

La discusión estaba agendada para su discusión el pasado miércoles 7 de agosto, sin embargo se aplazó para este 14 del mismo. 

Para estar pendientes de la discusión seguir a Margarita Garfias, mamá de Carlos en twitter: 

@Mar_Garfias