A finales de enero circuló en internet una nueva iniciativa sobre cannabis, la cual propone la Ley General para la Regulación del Cannabis (LGRC). Suscrita por César Cravioto, de Morena.
A diferencia de otras iniciativas, ésta no solo propone reconocer -y limitar- los derechos de los usuarios y regular el mercado de mariguana, sino que además propone establecer mecanismos para impulsar la participación en el mercado de grupos vulnerables y comunidades afectadas por el sistema prohibitivo (art.10).
En relación a los usuarios, esta iniciativa propone 4 opciones de autocultivo: 1. Individual, 2. Compartido, 3. Solidario y 4. Asociado (art.11).
Propone que el límite para autocultivo individual sea de hasta 10 plantas en floración por adulto. Y, en caso de convivir más usuarios en la misma vivienda, se dará aviso al instituto y se continuará considerando autocultivo compartido hasta 7 personas. A partir de ahí deberán manejarse como asociaciones o cooperativas.
Para el caso del cultivo solidario, en caso de necesitarse más de 10 plantas, se “deberá notificar a la secretaría de salud la cantidad de plantas que se requerirán para el acompañamiento cannábico” (art.16).
La iniciativa propone la posibilidad de establecer asociaciones y cooperativas sin límite de personas en su conformación, pero limitados a 10 plantas por asociado o cooperativista.
Por otro lado, esta iniciativa prohíbe la “combustión del cannabis” en lugares “100% libres de humo de tabaco”, mas no en el resto de áreas públicas. Pero sorprende que “con la excepción del fin medicinal, paliativo y terapéutico” (art.12), tanto por lo contradictorio de permitir fumar en espacios libres de humo, como porque las flores de cannabis para uso medicinal no son legales en México.
También queda prohibido el consumo durante horas laborales para quienes manejan maquinaria y hacen trabajos donde pueden poner en riesgos a terceros; aunque se permitiría en actividades artísticas y culturales, y “aquellas que se pacten de manera expresa” (art.12). Así como la combustión de cannabis con fines recreativos en áreas de trabajo o instalaciones escolares, a excepción de las universidades públicas o privadas en atención al derecho al libre desarrollo de la personalidad (art.57, fracc.II).
En términos comerciales, se proponen 7 tipos de licencias: I. Integrales, “las cuales deberán estar integradas en su cultivo, con al menos el 40% de origen Ejidal o de pequeños propietarios de superficies no mayores a 2.5 hectáreas” y permiten todas las actividades de la cadena productiva y hasta la venta al usuario final; II. Sólo con fines de producción; III. Sólo con fines de distribución; IV. Sólo con fines de venta al usuario final; V. Con fines de producción o comercialización de productos derivados; VI. Con fines de investigación; y VII. de exportación o importación (art.30).
Y también propone un instituto regulador para otorgar las licencias e imponer sanciones: el Instituto Mexicano del Cannabis (art.42).
Cascada de propuestas
Además de la iniciativa de LGRC, el senador Cravioto presentó una Iniciativa de reforma de la Ley General de Salud (LGS), una proposición de punto de acuerdo y hasta una iniciativa de ley de amnistía.
Iniciativa de decreto que reforma diversos artículos de la LGS. Esta propone eliminar la Cannabis sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas de la lista de sustancias consideradas estupefacientes (art. 234); de los vegetales cuyas actos relacionados están prohibidos (art.237); de la lista I sustancias, las que tienen valor terapéutico escaso o nulo y son susceptibles de uso indebido o abuso (art.245); y de la tabla de orientación de dosis máximas para consumo personal (art.479), con lo que su posesión ya no sería perseguida como narcomenudeo.
Proposición con punto de acuerdo, por el que el Senado de la República exhorta a los distintos cuerpos de seguridad pública del país a crear protocolos que prevengan la criminalización, discriminación y estigmatización de los usuarios de cannabis.
Y una iniciativa de Ley de amnistía en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de cannabis sativa, índica o marihuana. En esta se decreta amnistía a favor de las personas que “hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal, con motivo del consumo o posesión de cannabis”.
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Estas son las iniciativas que quizás mejor recogen las opciones conocidas para que los usuarios de cannabis puedan ejercer su derecho al libre desarrollo de la personalidad: formas de acceso a la sustancia, espacios de consumo y despenalización de la posesión.
Pero se inventaron una amnistía que es una auténtica craviotinha, sufijo pambolero usado para nombrar jugadas vistosas que no influyen en el marcador. Del mismo modo, esta iniciativa es vistosa porque propone ayudar a poblaciones vulnerables, con lo que aparenta ser ‘progre’, pero resulta que no se conocen sentencias por consumo; ¿existirán? la iniciativa no menciona ningún dato al respecto en la exposición de motivos.
Más aún, si se considera que la posesión “simple”, delito por el que se imputa a muchos usuarios, se castiga con 10 meses a 3 años de prisión, menos del tiempo que el Senado -controlado por Morena- se la ha pasado pidiendo prórrogas para no acatar el exhorto de la suprema corte de armonizar las leyes de cannabis con la constitución. Por lo que, de haber cumplido el Senado con su labor, no sería necesaria esta presunta amnistía del senador morenista.
Pero además, porque la amnistía propone que las sentencias deben ser de tribunales del orden federal, cuando la posesión -menor a 5kg, al menos- es un asunto de tribunales locales desde la reforma contra el narcomenudeo del 2009. Por lo que no queda claro si la iniciativa es para beneficiar traficantes o cultivadores (lo que puede ser adecuado, dado lo desproporcionado de las penas), pero nombran al consumo en el título para aparentar que es ‘progre’, o si el senador necesita un vocero para que nos explique lo que quiso decir.