Un señor de 70 años fue preso en el estado de Alagoas, Brasil por posesión de semillas, hojas secas y marihuana prensada. Quedó absuelto de delito gracias a la jueza Luana Cavalcante de Freitas del poder judicial del estado, después de haberse comprobado que era para consumo propio. El adulto mayor sufre de cáncer de próstata y usó la planta sin prescripción médica para reducir las molestias de la enfermedad.
En abril del 2015, la policía militar del estado, recibió una denuncia de que existía un plantío de marihuana en la casa del señor. Al hacer una diligencia local, la policía encontró 42 gramos de semillas de marihuana, 42 gramos de flor prensada y 128 gramos de hojas secas.
En la defensa del veterano se argumentó que no le hicieron valer el apartado establecido en la ley de drogas del país, (11.343/2006) . Donde menciona que el artículo 28 de la norma determina que “quien adquiera, guarde, tenga en depósito, transporte o traiga consigo drogas para consumo personal sin autorización o en desacuerdo con la determinación legal reglamentaria, será advertido sobre los efectos de la sustancia y prestará servicios a la comunidad, así como recibir educación en el tema”.
Así el ministerio público de Alagoas pidió que desclasificara el crimen impuesto de tráfico de drogas, a la portación de drogas para consumo personal.
Para absolver al acusado, la juez citó el principio de lesividad, según el cual: “una conducta solo puede ser considerado como un crimen ajustado al tipo penal cuando causa un daño o amenaza de perjuicio intolerable al bien jurídico protegido” dijo la jueza.
De acuerdo con Luana de Freitas, lo que define una conducta criminal, es que amenace, o lesione los intereses legales de terceros. “Es por eso que no hay castigo por intento de suicidio o autoflagelación” comparó la jueza.
Estudios e investigaciones
La jueza destacó que en su decisión con el tema en controversia, es que numerosos estudios científicos comprueban que la marihuana posee un grado nocivo y de dependencia baja a comparación del alcohol y cigarro. Además de otros estudios que comprobaron que la droga en cuestión tiene beneficios terapéuticos que ayudan a reducir los efectos de enfermedades como cáncer, VIH, glaucoma, esclerosis múltiple y epilepsia.
La jueza Luana también respondió a argumentos de que en casos como este el bien jurídico violado sería la salud pública: “suena incoherente que existan drogas legales que matan a millares por año, siendo un gasto innecesario de dinero público por causa de eso, además de criminalizar el uso de drogas acaba alejando a los usuarios del sistema de salud, principalmente por el estigma que carga”.
Con información de: Conjur.com.br