El día de hoy la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el proyecto del ministro Pardo Rebolledo que rechazaba otorgar un amparo para uso de hongos interpuesto por el abogado Sergio Morales. El proyecto fue rechazado con 4 votos en contra y uno a favor.

Fue el 6 de agosto cuando se resolvió que el asunto le compete a la Suprema Corte resolver este asunto. “Al tratarse de un caso sin precedentes le toca a la Corte asumir la competencia. Ahí se tomará la decisión de lo que va a ocurrir. Aquí el tema de fondo es determinar si la prohibición que está establecida en la Ley al uso de hongos y peyote es inconstitucional por violar el derecho al libre desarrollo de la personalidad en relación con el derecho a participar en la vida cultural” comentó Sergio Morales en entrevista a La Dosis. 

En la sentencia se establece que el uso de hongos y peyote no puede considerarse una expresión cultural protegida por los derechos humanos. “Dicha costumbre no puede considerarse protegida por la Constitución Federal en favor del aquí quejoso, pues si bien existen diversos grupos étnicos que consumen dichas sustancias con motivo de los rituales que practican y su vida religiosa, lo cierto es que ello no implica que deba entenderse como una expresión cultural, pues el uso de los hongos alucinógenos y el peyote no es compatible con los valores y el derecho a participar en la vida cultural” se lee en el documento.

El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señala lo siguiente:

“El quejoso, refiere en sus agravios, que el juez no fundó y motivó el por qué el uso de hongos alucinógenos y peyote no deben entenderse como una expresión cultural, cuestionando también que no se estableció con claridad un parámetro para determinar qué expresiones de los grupos étnicos pueden considerarse culturales y cuáles no.

“Lo así planteado resulta inoperante, en tanto que desde la solicitud de autorización y en la propia demanda de amparo, la pretensión del quejoso para usar peyote y hongos alucinógenos, se realizó con base en un supuesto principio de identidad a las culturas y costumbres ancestrales, y no necesariamente como un reclamo del derecho genérico de acceso a la cultura o de participación en la vida cultural”.

Al haberse rechazado se regresa a la presidencia de la sala y se turna a otro ministro o ministra para que realice un nuevo proyecto.