El pasado miércoles representantes del Club Cannábico Xochipilli se reunieron con funcionarios de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para recibir respuesta sobre sus solicitudes para cultivo y consumo personal de marihuana. El club tiene el objetivo de tramitar amparos similares a los que ya ha resuelto la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Lo esperado era una respuesta negativa, como en todos los casos anteriores. Sin embargo, a través de su página en facebook, los miembros del club explicaron que sus solicitudes fueron desechadas.
"Nos contestaron hace dos semanas que teníamos que acreditar un interés jurídico. No nos quedó claro de que manera querían que les respondamos. Sin embargo lo hicimos en dos ocaciones. Pero ellos manifestaron que no estábamos cumpliendo a su entera satisfacción", puntualizó Jaziel Espinoza, presidente del club.
Esto significa que aún no podrán presentar el amparo ante un juez de distrito administrativo. Ese sería el próximo paso para recorrer el mismo camino que todos aquellos quienes hasta ahora han recibido su resolución.
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"Juridicamente es diferente que te desechen una demanda a que te nieguen una demanda. Es como si no la hubieramos presentado", aclaró Espinoza.
Explicó que se está estudiando cómo se procederá, enfatizando que buscarán por todos los medios posibles alcanzar su cometido.
"No decaemos. Tenemos dos posibilidades. Por un lado, un recurso de revisión ante la misma autoridad o presentar un juicio de nulidad en el tribunal fiscal correspondiente. Estamos estudiando la estrategia más conveniente", finalizó Espinoza.
En abril de este año, miembros del club ingresaron 123 solicitudes aglomerados en 4 solicitudes colectivas. Su principal fundamento fue que la prohibición de la marihuana es violatoria a los derechos humanos de la dignidad humana, a la identidad personal, y del libre desarrollo de la personalidad.
Hasta ahora, se han dado otros 4 amparos en este sentido, 3 por parte de la primera sala y uno en la segunda. Aunque se necesitan 5 resoluciones para que haya jurisprudencia y tengan carácter de ley, estos tienen que ser dados por los mismos jueces, por lo que no necesariamente se acumulan estas resoluciones.